Obligación de emplear abogados en empresas turcas

Obligación de emplear abogados en empresas turcas

De acuerdo con el Artículo 35 de la Ley 1136 (Código de Abogados), las sociedades anónimas de más de 250,000 TL de capital (aproximadamente 90,000 USD) tendrán que emplear un abogado obligatoriamente.

 

Las empresas tienen la opción de contratar un bufete de abogados o contratar a un abogado en la empresa.

 

De lo contrario, se imponen sanciones administrativas y multas a las empresas.